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TEPJF ordena al INE devolver triunfo a 15 candidatos judiciales descalificados

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Por mayoría, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó este miércoles restituir el triunfo a 15 candidatos ganadores en la elección judicial, que habían sido declarados inelegibles por el Instituto Nacional Electoral (INE) por no alcanzar el promedio académico de 9.

La decisión revoca la determinación del INE del pasado 26 de junio, cuando anuló el triunfo de 45 aspirantes a jueces y magistrados que, según el organismo, no cumplían con la calificación mínima en materias afines a su especialidad.

Con tres votos contra dos, los magistrados Mónica Soto, Felipe de la Mata y Felipe Fuentes señalaron que el INE se excedió en sus funciones, ya que no le corresponde valorar los requisitos académicos establecidos por los Comités de Evaluación.

“Se revoca la determinación de inelegibilidad decretada por el INE, al carecer de atribuciones para valorar el cumplimiento del requisito del promedio mínimo de 9”, señala la sentencia aprobada.

Magistrada Mónica Soto critica resolución del INE

Soto calificó como un exceso que el INE pretendiera restar derechos a los aspirantes, en lugar de garantizar su participación. Además, recordó que los ganadores cumplían con el requisito constitucional de tener al menos 8 de promedio en su carrera.

Por su parte, los magistrados Reyes Rodríguez y Janine Otálora defendieron que el INE sí tiene facultades constitucionales para verificar los requisitos de elegibilidad antes de entregar constancias de mayoría.

Sin embargo, Otálora advirtió que el organismo no debió usar una metodología propia, sino apegarse a los criterios de los Comités.

Este criterio del TEPJF aplicará también para otros casos similares que aún están pendientes de resolución.

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