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Activan contingencia ambiental por ozono en el Valle de México

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La Comisión Ambiental de la Megalópolis (Came) del Gobierno de México activó este jueves la fase 1 de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la zona metropolitana del Valle de México (ZMVM) para disminuir la exposición de la población al aire contaminado, el riesgo de afectación a la salud y reducir la generación de contaminantes.

Esta es la segunda contingencia ambiental por ozono en lo que va del año tras las del 8 de enero, mientras que el 1 de enero se decretó otra contingencia por mala calidad del aire y partículas suspendidas.

En un comunicado, la Came informó que a las 16:00 hora local se registró una concentración horaria máxima de ozono de 155 ppb (partes por billón) en la estación Centro de Ciencias de la Atmósfera (CCA), ubicada en la alcaldía Coyoacán, en el sur de la Ciudad de México.

¿Qué provocó la contingencia ambiental en el Valle de México?

Se explicó que el Sistema de Monitoreo Atmosférico de la Ciudad de México, con base en los modelos meteorológicos, indicó que la región del Valle de México “continúa bajo la influencia de un sistema anticiclónico que se preveía que se alejaría del centro del país, por lo que se esperaba que su influencia se reduciría”.

No obstante, apuntó la nota, “su influencia se intensificó el día de hoy, provocando en la ZMVM fuerte estabilidad atmosférica, con escasa ventilación y humedad, lo que ha favorecido el cielo despejado y la intensa radiación solar, además de que se han registrado temperaturas máximas de hasta 28 Celsius”.

“La combinación de estos elementos provocó condiciones favorables para la formación y acumulación del ozono”, precisó la Came.

¿Qué medida se usa para decretar la contingencia ambiental?

En la ZMVM, compuesta por la Ciudad de México y 60 municipios colindantes donde viven cerca de 20 millones de personas, los 150 puntos del índice de calidad del aire son la cifra máxima permitida, por lo que cuando esta se rebasa, las autoridades declaran contingencia ambiental.

¿Cuáles son las medidas y recomendaciones para la población?

  1. Se recuerda a la población mantenerse informada sobre la calidad del aire, y atender las recomendaciones de salud para evitar exponerse a los picos de contaminación entre las 13:00 y 19:00 horasen especial para los infantes, adultos mayores, mujeres embarazadas y personas con enfermedades respiratorias y cardiovasculares.
  • Evitar hacer actividades cívicas, culturales y de recreo, así como evitar hacer ejercicio al aire libre entre las 13:00 y las 19:00 horas.
  • Suspender cualquier actividad al aire libre, organizada por instituciones públicas o privadas, en horario comprendido entre las 13:00 y las 19:00 horas.
  • Se recomienda posponer los eventos al aire libre, deportivos, culturales o espectáculos masivos, programados entre las 13:00 y las 19:00 horas.
  • Se recomienda no fumar, especialmente en espacios cerrados.
  • Mantenerse informados sobre la calidad del aire con la App “Aire”, en el sitio web www.aire.cdmx.gob.mx, en X (Twitter) @Aire_CDMX o al teléfono 5552789931 ext. 1.

Reducción de emisiones

Se recomienda:

  • Facilitar y continuar el trabajo a distancia y realizar compras y trámites en línea para reducir viajes.
  • Evitar el uso de aromatizantes, aerosoles, pinturas, impermeabilizantes o productos que contengan solventes.
  • Recargar gasolina después de las 18:00 horas y antes de las 10:00 horas; no cargar más combustible después de que se libere el seguro de la pistola de llenado.
  • Revisar y reparar fugas en instalaciones de gas doméstico.
  • Reducir el uso de combustibles en casa, acortando el tiempo de ducha a un máximo de cinco minutos y al cocinar, utilizar recipientes con tapa.

Se recuerdan las restricciones a la circulación para el Sector Transporte:

Mañana viernes 13 de febrero deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:

  1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito     numérico sea 1, 3, 5, 7, 9 y 0.
  3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 0 y 00, engomado azul, terminación de placa 9 ó 0.
  4. Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos,     de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o     con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos         que portan holograma 2.
  5. Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques      estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de    matrícula sea NON.
  6. Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00          horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de            Autorregulación de la CDMX o del  EDOMEX.
  7. Los taxis con holograma de verificación  “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

Exenciones

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • Vehículos que porten holograma “0” o “00” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color azul y terminación de placa 9 ó 0
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes para atender una emergencia médica.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
  • Las motocicletas están exentas de la Fase I.

La Comisión Ambiental de la Megalópolis, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y las autoridades ambientales de la Ciudad de México y del Estado de México estarán atentas a la calidad del aire y evolución de las condiciones meteorológicas prevalecientes en la ZMVM e informarán en un boletín que se emitirá el día de mañana viernes 13 de febrero a las 10:00 horas.

Con información de EFE y CAMe

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